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Personal Pasivo
Condiciones de acceso a préstamos de consumo:
Ø
Forma de instrumentación: póliza de préstamo, sin intervenir.
Ø
Límite:
Ÿ Una anualidad de la
asignación económica a cargo del Banco en supuestos de prejubilación.
Ÿ Una anualidad y
media del Complemento de Pensión a cargo del Banco, tratándose de personal
jubilado o en situación de Invalidez Permanente.
Ø
Comisión de apertura: exenta.
Ø Tipo de interés: MIBOR. No
obstante, la Dirección de la Empresa estudiará la posibilidad de establecer
condiciones más favorables en el interés establecido para este tipo de
préstamos.
Ø Plazo de amortización: hasta
cinco años. Atendiendo a la consideración de criterios comerciales, así como a las circunstancias de solvencia y garantía concurrentes en cada caso, podrá autorizarse, respecto de solicitudes de préstamos de otro tipo interesados por el personal pasivo, o de préstamos de consumo solicitados por importe y/o plazos superiores a los señalados, la aplicación del mismo tipo de interés (MIBOR). |
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